Por una Ley Nacional de Arbolado Urbano

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Ventajas de los árboles en la ciudadLa importancia de los árboles urbanos es innegable aunque haya sido en numerosas ocasiones minimizada, cuando no directamente ignorada. No es el objeto principal de estas líneas resaltar en profundidad los beneficios que nos aportan, pero sí queremos señalar brevemente algunos de ellos:

  • Los árboles mejoran considerablemente la calidad del aire, actuando como sumideros, reduciendo la contaminación y beneficiando, por tanto, nuestra salud.
  • Disminuyen la temperatura de la ciudad en los meses de calor con el consiguiente ahorro en el gasto energético. Sombrean calles y plazas lo que permite transitarlas con comodidad (a pie, en bicicleta…), propiciando la disminución de vehículos contaminantes. También aplacan los vientos fríos del invierno.
  • Mitigan el ruido de las ciudades, producido fundamentalmente por el tráfico rodado.
  • Rebajan notablemente los niveles de estrés y ansiedad en la población al propiciar entornos cercanos y amigables de residencia o esparcimiento (los bosques curan).
  • Permiten la supervivencia de numerosas especies animales (biodiversidad), fundamentalmente aves, en un contexto de alarmante disminución de la avifauna por la degradación de muchos ecosistemas.
  • Además, los árboles regulan el flujo del agua, sujetan el suelo y reducen los riesgos de desastres naturales como inundaciones o desprendimientos, y hasta aumentan el valor de las viviendas (las que tienen cerca un parque, por ejemplo).

Asumidos los beneficios del arbolado urbano y su importancia, es lógico preguntarse cómo regular y proteger este bien común. En la actualidad, más allá del debate sobre su conveniencia y efectividad, hay diversas figuras legales de ámbito autonómico, nacional, europeo y mundial para la protección del patrimonio natural, pero todas ellas tienen un denominador común: protegen el patrimonio natural que no está en las ciudades.

¿Qué normas legales protegen y fomentan el arbolado urbano en España de forma específica? La respuesta es desoladora. De ámbito nacional ninguna, de ámbito autonómico solo existe en la comunidad de Madrid y en el ámbito municipal únicamente simples ordenanzas municipales en unos pocos municipios.

Tenemos noticia de localidades, escasas, que miman a sus árboles y que con una buena ordenanza, e incluso sin ella, les basta y les sobra para tener una envidiable arboleda. Son municipios en los que buena parte de la población y de sus dirigentes, indistintamente del color político, han entendido los beneficios de convivir rodeados de verde y han apostado por su ampliación y conservación.

Pero, ¿qué ocurre si  la población, o fundamentalmente la clase política de un municipio no apuesta por el desarrollo y conservación de la arboleda urbana? ¿Es efectiva entonces una simple ordenanza municipal para, al menos, proteger la que aún existe? La respuesta a esta pregunta tomando como ejemplo la ciudad donde desarrolla su actividad la Plataforma SalvatusarbolesSevilla es obvia: en absoluto.

En Sevilla se ha agredido y se sigue agrediendo al arbolado de muy diversas maneras: talas injustificadas sin las debidas garantías, estrangulamiento de árboles taponando toda la tierra de los alcorques, terciados injustificables, podas (que en el caso de ser necesarias se hacen  fuera de temporada), envenenamiento mediante diversas técnicas, afección a las raíces en obras, falta de riego, falta de atención en el caso de enfermedades y un largo etcétera. A todo ello hay que añadir el oscurantismo y la falta de transparencia que llega hasta el extremo de no tener accesible un simple inventario de arbolado.

Muchas de las agresiones están tipificadas en la ordenanza municipal de arbolado y sin embargo no cesan. De nada están sirviendo denuncias y avisos. Y no solo las cometidas por particulares a los que no se persigue, o se hace sin los suficientes medios y fuerza, sino las cometidas por el propio Ayuntamiento de Sevilla. ¿De qué sirve una ordenanza municipal si ésta es incumplida justamente por quién tiene que hacerla cumplir? O dicho de otra manera, ¿quién sanciona al sancionador?

Solventar esta situación es clave en multitud de municipios españoles. No puede dejarse la capacidad normativa de protección y de sanción en manos de quien potencialmente tiene el poder máximo para maltratar el arbolado urbano, es decir el ayuntamiento. Los efectos están a la vista en numerosas ciudades. El caso de Sevilla no es único. Llegan continuas noticias alarmantes de maltrato a la arboleda en distintas localidades de Andalucía y de toda España. Málaga es otro caso dramático.

Muchas veces encontramos espacios protegidos por leyes o figuras nacionales, europeas y hasta mundiales (costas, parques naturales, ZEPA, Natura2000…) , aún cuando los territorios donde se inserten pertenezcan a ciertos municipios. Por ejemplo, la playa de los Lances está en Tarifa pero no es, exclusivamente, de Tarifa;  la marisma gallega está en Hinojos pero no es de Hinojos;  Grazalema acoge un pinsapar pero no es de Grazalema. La playa, la marisma, el bosque pertenecen a todos los ciudadanos, residentes o no. Su conservación y protección no está exclusivamente asignada a la corporación municipal de turno.

Sin embargo, las competencias sobre un árbol de cualquier calle de cualquier municipio son exclusivamente del ayuntamiento. Tiene absoluta potestad sobre el mismo.  El árbol de esa ignota calle, ese que purifica el aire, un aire que no es estático, también debería ser considerado un bien de todos los ciudadanos. Consiguientemente, las normas para la protección del mismo, incluida la potestad sancionadora en caso de maltrato, no deben ser exclusivamente municipales.

Apostamos, y la apuesta es urgente en el contexto de crisis climática en el que nos movemos, por la redacción de una Ley Nacional de Arbolado Urbano de carácter supramunicipal. Esto podría evitar la situación actual de impotencia que sufren las asociaciones ecologistas en la defensa de ciudades más verdes y proporcionaría a la ciudadanía la posibilidad de defender con mayor efectividad las agresiones a un patrimonio natural que es de todos. Su necesidad es imperiosa. Ecologistas en Acción ha manifestado en reiteradas ocasiones la dificultad de lucha legal contra la tala de árboles en numerosos lugares debido a que las competencias actualmente son exclusivamente del municipio donde se ubican.

No procede en estas líneas proponer ni discutir los términos de una Ley Nacional de Arbolado Urbano. Existen ya interesantes iniciativas ciudadanas, más o menos desarrolladas, que han trabajado en su redacción y que impulsan su promulgación, como la desarrollada en  Chile o, más cercanamente, los intentos de que se apruebe una ley autonómica en Andalucía.

En definitiva, parece evidente que no solo de la aprobación de una ley supramunicipal, sino fundamentalmente de los términos de la misma, de la exigencia de su cumplimiento, de la necesaria participación de la ciudadanía y del presupuesto necesario para que sea verdaderamente efectiva, dependerá en buena medida la supervivencia y mejora de nuestro denostado, infravalorado y maltratado arbolado urbano.

Plataforma Salva tus árboles Sevilla, @salvatusarboles

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Contenido publicado orginalmente en: https://blogsostenible.wordpress.com/2019/08/09/ley-nacional-de-arbolado-urbano-salvatusarboles-sevilla/

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